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Nuevos lineamientos para el registro de dominios .ve
Nuevos lineamientos para el registro de dominios .ve
Escrito por José Manuel Ruiz V Lunes, 14 de Febrero de 2011 14:29

La reciente reforma de la Ley de Telecomunicaciones e Informática originó un cambio en el monto correspondiente al registro de dominios .ve, que causó nuevos lineamientos por parte del ente que administra dichos dominios: nic.ve.
En el artículo reproducimos el comunicado donde se incluye el procedimiento para el registro de dominios.
"En virtud de la reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.015 de fecha 28 de diciembre de 2010, corresponde a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones conforme al artículo 110, “(...)la administración, control y regulación, del recurso limitado de numeración, el establecimiento de los planes nacionales de numeración y su respectiva normativa quedando entendido que tal atribución comprende igualmente la asignación y registro de nombres de dominio bajo la estructura de primer nivel “.ve” en la red mundial internet.”
En tal sentido, la administración de nombres de dominio causará el pago de una tasa anual a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones por un monto de una Unidad Tributaria, según lo establece el artículo 148.
A continuación les indicamos los nuevos lineamientos con respecto al pago del SERVICIO DE NOMBRE DE DOMINIO .VE:
– Se mantiene el Nro de Cuenta: 0102-0552-21-0000032337 del Banco de Venezuela a nombre de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), destinada a los pagos asociados a la reserva y/o renovación de los nombres de dominio .VE.
– Ha sido actualizado el cálculo para el pago del servicio de nombres de dominios .VE a partir del 4 de enero de 2011 será de una unidad tributaria (1 UT).
– Las renovaciones de nombres de dominios serán únicamente anuales, es decir, solo podrá pagar el año en curso.
– De existir deuda debe ponerse al día para mantener su nombre de dominio.
– Podrá pagar múltiples dominios con un mismo depósito, respetando el nuevo monto de una unidad tributaria (1UT).
– Quedan exentos del pago de la tasa por administración de nombres de dominio, los entes u órganos del Estado que soliciten un nombre de dominio especial (gob.ve, mil.ve, edu.ve. tec.ve).
– Todos los pagos que no sean múltiplo de 65 deben ser reportados vía correo electrónico a: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , enviando el respectivo comprobante de pago.
Para mayor información llamar a los teléfonos 0212-9090329/0212-9090398."
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